V.- DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 17 de marzo de 2015, por la abogada MERCEDES BENGUIGUI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada ciudadana LUDIWID JOHYRATT LUCENA, contra la decisión dictada el 13 de febrero de 2015 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA VENTA, sigue la ciudadana LAURA CONCEPCION HERRERA LUCENA, contra la ciudadana LUDIWID JOHYRATT LUCENA, ambas anteriormente identificadas a los autos. En consecuencia, se ordena a la ciudad.....