Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante contra la sentencia dictada en fecha 18 de septiembre de 2000, por el Juzgado Vigésimocuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA la sentencia apelada en todas y cada una de sus partes.