Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 428 literal "a" del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano JAVIER IRANZO HEINZ, Abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo numero 58.612, quien manifiesta actuar en su condición de defensor privado del ciudadano WALTER ANDRADE KOVACS, titular de la cédula de identidad número V-14.110.939, contra la decisión dictada el 13 de octubre de 2015, por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia Estadal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual: "...SEXTO: Vista la manifestación de voluntad por parte del acusado de autos d.....