En consonancia con lo anterior, se evidencia de los carteles de notificación, que los mismos fueron recibidos por una persona que se identifica como: SALVADOR GONZÁLEZ, titular de la cedula de identidad N° 18.651.376, en su carácter de "Asistente de Contabilidad,", se le hace entrega de los carteles de notificación de la demandada "SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PANDOCK C.A. (SUTEPANCA)", quien los recibe firmándolos sin sellarlos, fijando los respectivos carteles en la puerta principal de entrada que da acceso a las instalaciones de la entidad de trabajo PANDOCK CARACAS C.A. Asimismo se evidencia de los estatutos del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA PANDOCK C.A. (SUTEPANCA) que el ciudadano SALVADOR GONZÁLEZ, no forma parte de junta directiva del sindicato, ni consta en el expediente que el referido ciudadano tuviese afiliado a dicho sindicato, motivos por el cual, mal podría garantizarse el debido proceso y una notificación efectiva, cuando la notificació.....