Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Mayerlin María Mujica Morillo contra la sociedad mercantil Grupo T y T 2000 C.A. ambas partes identificadas a los autos. En consecuencia, se ordena a la demandada a pagar a la demandante el concepto reclamado, para lo cual se deberá nombrar un solo experto contable con cargo a ambas partes para determinar las mismas los intereses moratorios y la indexación en los términos señalados ut supra.
Segundo: No hay condenatoria en costas.
Tercero: Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el lapso a que se refiere el Art. 159 LOPTRA para la con.....