Finalmente, se ordena notificar de la presente decisión al Procurador General de la Republica, de conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General por ser la demandada la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN. En consecuencia, este Tribunal procede a librar el oficio de notificación de la presente sentencia a la Procuraduría General de la República