DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LAURA DEL PILAR RIVERO PARRA contra EUGENIO TORRES RIVAS. SEGUNDO: Se ordena a la demandada a cancelar a la actora los conceptos condenados en el extenso del fallo; TERCERO: No hay condenatoria en costa vista la naturaleza del fallo.