Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil, 26 y 257 de la Carta Magna, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto, en fecha 27 de octubre de 2022, por el abogado Vismark Eduardo Rodríguez González, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la providencia de fecha 25 de octubre de 2022, dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; el cual declaró "como no presentadas las cuestiones previas opuestas por la parte demandada" mediante escrito de fecha 28 de septiembre de 2022, dejando valida .....