DISPOSITIVA
Hechas las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 622, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Resuelve: UNICO: Mantener en el cumplimiento de la medida de Imposición de Reglas de Conducta, que por el lapso de dos (02) años, le fue ordenada a la ciudadana SE OMITE IDENTIDAD, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº SE OMITE, nacida en Caracas, el SE OMITE, hija de SE OMITE IDENTIDAD y SE OMITE IDENTIDAD, soltera, en sentencia dictada el 30-11-05, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio de esta Sección y Circuito, por la comisión del delito de Homicidio Intencional. ASI SE DECIDE. Dictada en hora.....