Por las motivaciones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Tercero (3°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por el abogad: JESUS LEOPOLDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 97.802, en su carácter de apoderado judicial del tercero voluntario, contra del auto de fecha 20 de marzo de 2024, dictado por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REVOCA, el auto de fecha 20 de marzo de 2024, dictado por el Tribunal Segundo (2°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SE ORDENA OIR .....