En mérito a todos los elementos de hecho y de derecho arriba explanado este Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las abogadas GLORIA MARTÍNEZ de BOLÍVAR, LAURA SIMOZA LEÓN y ARGELIA PEREIRA MEDINA, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 9.027, 9.273 y 19.788 respectivamente, en su condición de apoderadas judiciales de la parte actora recurrente ciudadano RHAMDY ALEJANDRO OLIVARES DURÁN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.161.087, contra la decisión dictada por el Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes d.....