Este Tribunal en virtud que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada, igualmente ordena la devolución a las partes de las pruebas aportadas al proceso y d da por terminada la presente causa, ordenándo el cierre informático del expediente y su remisión al Archivo. ASI SE ESTABLECE.-