En consecuencia, este Tribunal administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cumplimiento de contrato por vencimiento de la prórroga legal, interpuesta por la Sociedad Mercantil INVERSORA BX683 C.A, contra el ciudadano RICARDO ANTONIO DOMÍNGUEZ CEGARRA, antes identificados en el cuerpo de la presente decisión. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada ciudadano RICARDO ANTONIO DOMÍNGUEZ CEGARRA, entregar a la parte actora Sociedad Mercantil INVERSORA BX683 C.A, el inmueble constituido por el local D, situado en el Nivel Planta Baja del Edificio Filadelfia, ubicado en la Avenida Principal de Las Palmas, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, totalmente libre de bienes y personas. TERCERO: Se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora como indemnización por el uso del inmueble, las pensiones de arrendamiento mensuales causadas desde el mes de diciembre de 2015 al mes de febrero d.....