este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho declara a favor de los ciudadanos OLGA CORTES DE NUÑEZ, CARLOS RENE NUÑEZ MONCADA y CARLA JOHANNA NUÑEZ MONCADA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.935.072, V-10.537.270 y V-11.313.304, respectivamente HEREDEROS ÚNICOS y UNIVERSALES DEL DE CUJUS LEOPOLDO NUÑEZ ACEVEDO, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° V-5.607.174