este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa, a tal efecto DECLINA SU COMPETENCIA a un Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, quien designe el distribuidor de aquel, para que él mismo siga conociendo de la presente solicitud y demás trámites del proceso. Remítase el presente expediente mediante oficio al Juzgado Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines legales consiguientes, una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio en su oportunidad y cúmplase lo ordenado en el auto ante.....