Se dictó Sentencia Definitiva, mediante la cual se declaró: CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JESUS ANTONIO ACOSTA COLON e IRIS JOSEFINA DÍAZ. En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído el 25 de agosto de 1981.
Regístrese y publíquese.
Se acuerda expedir por Secretaria copias certificadas del escrito de solicitud y de esta decisión, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y remítase a las Autoridades correspondientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 475 y 506 del Código Civil.