Con fuerza en los fundamentos precedentemente expuestos, este Tribunal Vigésimo Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A formulada por los ciudadanos ALEJANDRO NEO CASTRO y EDGAR TATIANA MIJARES MALO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-17.587.390 y V-14.455.659, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante el la Jefatura Civil de la Parroquia Santa Teresa de Municipio Libertador del Distrito Capital, en fecha veintitrés (23) de diciembre de dos mil once (2011), según Acta de Matrimonio Nº 119, de los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.