este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara lo siguiente:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud de Interdicción, y en consecuencia, decreta la Interdicción Definitiva de la ciudadana ROSA MERCEDES ESPINA DE VERA, venezolana, mayor de edad, viuda y titular de la Cedulad de Identidad Nº V-1.746.926, y designa como Tutora a la ciudadana RITA ELENA DE LAS MERCEDES RIVERO DE RUBINO, venezolana, mayor de edad, casada y titular de la Cedula de Identidad Nº V-4.084.428, sobrina de la presunta entredicha, todo de conformidad con el artículo 398 del Código Civil Venezolano.
SEGUNDO: A los fines de que la Tutora Definitiva designada obtenga autorización judicial, en virtud del cargo que desempeña, se le insta a que indique las personas que han de conformar el Consejo de .....