DECISIÓN
En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de divorcio incoada por los ciudadanos IRAIS MERCEDES VELASQUEZ RIVERO y PEDRO MANUEL GONZALEZ MARIN, titulares de las cédulas de identidad números. V-4.050.531 y V-4.566.259, en su orden, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que unía a los citados ciudadanos, contraído en fecha 03 de septiembre de 1981, por ante el Consejo Municipal del Distrito Mariño del estado Nueva Esparta, según consta en acta signada bajo el número 18.
Regístrese, publíquese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en la Ciudad de Caracas, a los quince (15) días del mes de mayo de dos mil diecinueve (2019). Años: 209° de la Independenci.....