En consecuencia, por las razones antes mencionadas, este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento de la demanda que por Indemnización por Daños y Perjuicios interpuso la sociedad mercantil TRANSCARGA INTL AIRWAYS, C.A. contra el ciudadano ALFONSO CONRADO REY, en consecuencia extinguida la instancia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.