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DISPOSITIVA
Con las consideraciones de hecho y de derecho arriba indicadas este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACIÓN al convenimiento en los mismos términos como quedaron expuestos, en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, interpusiera la sociedad mercantil "ORGANIZACIÓN PAFI, CA.", quien actúa con el carácter de administradora de condominio del inmueble denominado RESIDENCIAS LA GUAIRlTA "C", en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos JHONATHAN R. PERALES MORALES y MARIEL MELÉNDEZ, contra la ciudadana SYLVIA ELENA CHACÓN, asistida por la ciudadana IRIS MORALES N., ambas partes plenamente identificadas en el presente fallo.
Déjese copia certificada de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 248 eiusdem.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metro.....