DISPOSITIVO
De conformidad con los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la pretensión de Desalojo incoada por la SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIO VECINAL SANTA PAULA COMPAÑÍA ANONIMA en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL VALUY ADMINISTRADORA INMOBILIARIA S.R.L, plenamente identificados al inicio del presente fallo, y en consecuencia, de ello se condena a la parte demandada :
PRIMERO: Entregar a la parte demandante el inmueble constituido por un local comercial distinguido con el N° 32, ubicado en la planta piso 3 del edificio denominado CENTRO COMERCIAL SANTA PAULA, situado entre las calles Geminis y Acuario, Avenida Circunvalación del Sol, de la Urbanización Santa Paula, Municipio Baruta Estado Miranda, libre de bienes y personas y en total estado de solvenc.....