Por fuerza de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de desafectaciòn del hogar que se constituyo sobre el inmueble constituido por una parcela de terreno con una superficie de DOS MIL TREINTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA DECIMETROS (2.38,70 mts2) distinguida con el número 394, y la vivienda sobre ella construida situada en la Urbanización Lagunita Country Club, Calle C-2-1, Municipio El Hatillo, cuyas medidas y linderos son: NOROESTE: con la calle C-2-1 antes V6-C4 en una longitud de CUARENTA Y UN METROS CON CUARENTA Y CINCO CENTIMETROS (41,45mts); NORESTE: Con la parcela 393 en una longitud de CUARENTA Y NUEVE METROS CON CINCUENTA Y TRES CENTIMETROS (49,53MTS); SURESTE: Con la parcela 385 en una longitud de TREINTA Y NUEVE METROS CON VEINTIDOS CENTIMETROS (39,22 mts); y SUROESTE:.....