Se dicto sentencia interlocutoria mediante la cual se declaro: Unico: Se REPONE LA CAUSA al estado de citar a los ciudadanos ISABEL CORTES y GABRIEL RESTREPO, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-6.114.656 y V-6.820.236, de conformidad a lo establecido en el artículo 101 de La Ley Para La Regularización y Control de Los Arrendamientos de Vivienda, en consecuencia se declara la nulidad de la decisión de fecha 23 de Marzo de 2018, y todas las actuaciones subsiguientes a la misma.