"...El Tribunal vista la exposición formulada por el notificado y el pedimento de la representación judicial de la parte actora, anteriormente identificados, y en cumplimiento de la misión que le fuera conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, procede a declarar Embargada Preventivamente la cantidad de Bs. 1.536.000,00, que se encuentra disponible en los fondos de la cuenta denominada por la Institución Bancaria como CUENTA CORRIENTE Nº 01080112000100046910, la cual posee la empresa co-demandada SERVICIOS AYUDA 24 C.A., RIF Nº J-30819179, en esta Institución Bancaria. Dejando expresa constancia que dicha cantidad quedará bajo la guarda y custodia de esta entidad bancaria, haciendo del pleno conocimiento del notificado que sobre dicha suma, no podrá disponerse, salvo por autorización expresa del Tribunal de la causa, quedando en cuenta de las obligaciones que la Ley le impo.....