En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley declara CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges los ciudadanos JOSÉ LUIS COLASURDO DI LEMBO y MORELLA DEL VALLE GRAU VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-13.114.410 y V-16.299.393 respectivamente, decretada el 16 de julio de 2009 y en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha 14 de octubre de 2006, por ante el Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, según consta de Acta de Matrimonio N° 1, del año 2006 de la misma autoridad. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.