III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara declara CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos VANESSA SOFIA LORIJA CORRALES y MIGUEL ENRIQUE RUIZ CORREA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº V-16.247.865 y V-14.909.014, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos en fecha 29 de octubre de 2008, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, tal y como consta en el Acta de Matrimonio Nº 72, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios correspondiente al año 2008. Se ordena librar oficio Al Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, al Registrador.....