De la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente asunto y vistas las juramentaciones y aceptaciones de los cargos de la presente solicitud de Tutela, realizadas por los ciudadanos ROSARIO VICTORIA BAUTISTA CHACCHI, DUBYS HERNANDEZ DE CHACCHI, WILLIAM JOSE MARTINEZ, CARMEN RAMONA MOTA, ZITA IRMA MENESES DE DORADO, DAYANA MARIA DOMINGUEZ y LIZANIT RODRIGUEZ DELGADO, la primera de nacionalidad peruana y los siguientes venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. E-81.086.253, V-10.815.787, V-5.457.952, V-9.284.171, V-17.268.242, V-11.734.495 y V-15.182.417, respectivamente, como TUTORA, PROTUTORA, MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA, y SUPLENTE DE LA PROTUTORA, en beneficio del adolescente, de trece (13) años de edAD.