Este Juzgado Segundo (2°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora contra el auto de fecha veintitrés (23) de septiembre de 2024 dictado por el Juzgado Tercero (3º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SE REVOCA el auto de fecha veinticinco (25) de septiembre de 2024 y en consecuencia SE ORDENA LA EVACUACION DE LAS TESTIMONIALES providenciadas en el presente asunto con carácter de nueva audiencia de juicio en todos sus tramites.
TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza procesal de la audiencia de parte.