Por todo lo expuesto este Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la incidencia surgida con ocasión a la OPOSICIÓN formulada a la medida cautelar, decretada en el juicio que por acción de Intimación y Estimación de Honorarios Profesionales y Costas Procesales intentaron los abogados ALFREDO ALTUVE GADEA, EDUARDO SATURNO MARTORANO y MARY JEAN PAREDES MARSHALL, actuando en su propio nombre, y como apoderados judiciales de los ciudadanos SAMUEL LEVY DUER y PATRICIA DANIELA ROSLER DE LEVY, contra el ciudadano RAMIRO SIERRAALTA GONZÁLEZ, todos plenamente identificados en esta sentencia interlocutoria, decide así:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la OPOSICIÓN a la MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO decretada en fecha 05 de octubre de 2.009, formulada por la parte demandada ciudadano RAMIRO .....