II
Decisión
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Inadmisible, por haber operado la caducidad de la solicitud nulidad interpuesta por la SINDICATURA DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO LIBERTADOR DEL DISTRITO CAPITAL, contra la Providencia Administrativa N° 034/10, de fecha 14 de enero de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la Calificación de Falta incoado contra la ciudadana Naghibe Nazareth Vergel. Segundo: Dada la naturaleza de la presente solicitud no hay condenatoria en costas.