este Juzgado CUARTO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha diecinueve (14) de noviembre de dos mil diecisiete (2017), emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de y Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de Instancia. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo.