Se dictó decisión mediante la cual se Homologo el Desistimiento al Procedimiento realizado el día 4 de julio de 2016, por ante este Despacho, por el abogado Miguel Gabaldon, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 4.842, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, Sociedad Mercantil Banesco, Banco Universal, C.A., en los términos expuestos por esa parte, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.