Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada ANDREINA MOLINA, apoderada judicial de la sociedad mercantil AVON COSMETICS DE VENEZUELA, C.A., antes identificadas, contra el auto emitido por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Nuñez Tenorio" en fecha 30 de octubre de 2009, contenido en el procedimiento de solicitud de calificación de faltas intentado contra el ciudadano DANNY JOSE RIVAS ANGULO.