En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda incoada por la Entidad Bancaria BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de la Sociedad Mercantil "YAKEETOUR. COM. VE C.A." y de los ciudadano ROQUE VICENTE PINTO OLAVARRIETA, OSCAR ALFREDO ZAMBRANO MATA e HILDA CARDOZO DE PINTO, ambas partes suficientemente identificadas en autos.
En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar a la parte actora las siguientes cantidades: a) La suma de DIECISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 17. 245,00), por concepto del pagare Nº 98/060/0011991, demandado, b) la cantidad de TRES MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs. 3.728,75) por concepto de intereses vencidos del pagare Nº 98/060/0011991, al 28%, anual desde el 27/06/2008 hasta el 01/04/2009; la cantidad de OCHOCIENTOS.....