PRIMERO: DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, que le fue impuesta por el Juzgado 10º de Control, en fecha 28 de Enero de 2010, por el lapso de UN (01) AÑO, al joven NOMBRE Y DATOS FILIATORIOS OMITIDOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, visto asimismo el cómputo certificado inserto al folio 124 de la segunda pieza del expediente, del cual se desprende que la fecha de cumplimiento es el día de hoy. SEGUNDO: se le impone de la Medida de Libertad Asistida, prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, que deberá cumplir en el Complejo Luces del Alba, por el Lapso de un (01) AÑO. TERCERO: Ordena oficiar a La Entidad de Atención al Adolescente, no privado de Libertad Luces del Alba, con el objeto de que le sea asignado un delegado de Libertad Asist.....