Por los razonamientos antes expuestos este Séptimo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas y por Autoridad de la Ley DECLARA: ÚNICO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional intentada por el ciudadano Miguel Agudelo Lucero contra las presuntas actuaciones y/u omisiones realizadas por el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, todo esto conforme a lo previsto en la doctrina expuesta supra.