En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el ciudadano PABLO ANDRADE contra la empresa SISTEMA DE PROTECCIÓN ELECTRONICA C.A. Se condena al demandado a pagar al actor: prestación de antigüedad e intereses por 1 año, 6 meses y 23 días, conforme art. 108 de la LOT; vacaciones y bono vacacional vencido, vacaciones fraccionados, bono vacacional fraccionado y utilidades fraccionadas.
SEGUNDO: Se condena al pago de los intereses de mora art. 92 constitucional e indexación judicial de acuerdo a lo previsto en el fallo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia del 11-11-2008, sentencia Nº 1.841.
TERCERO. Se condena en costas a la parte demandada.