Definitivamente Firme como se encuentra la Sentencia Condenatoria dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, donde condena al ciudadano LIRIO PABLO ALVARADO MEDINA, titular de la cédula de identidad N° 12.403.726, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de HOMICIDIO ITNENCIONAL, previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, así mismo fue condenado a las penas accesorias establecidas en el articulo 13 ejusdem. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a efectuar el cómputo de pena de la siguiente manera:
El Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 484 establece que, deberá descontarse de la pena a ejecutar la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso y en consecuencia:
El ciudadano LIRIO PABLO ALVARADO MEDINA, titular d.....