A través de SENTENCIA DEFINITIVA el Tribunal declaró CON LUGAR la solicitud de divorcio realizada por los ciudadanos LUZ BELLA PADILLA DE IBAÑEZ y ENOC IBAÑEZ ROJAS. En consecuencia, se declaró DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, contraído por ellos en el día 07 de marzo de 1996, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Barinas, acta Nº 13, de los libros de matrimonios correspondientes. Se ordenó librar oficio a la Oficina de Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Barinas, al Registro Principal del Estado Barinas, y a la Oficina Regional del Consejo Nacional Electoral del Estado Barinas, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de ejecución de la misma, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil.