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DISPOSITIVO
Como consecuencia de lo expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y ESTADO MIRANDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO para conocer la presente causa que por EJECUCION DE HIPOTECA intenta el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS (antes Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria FOGADE), ente liquidador de BANCORO, C.A., BANCO UNIVERSAL REGIONAL, contra la Sociedad Mercantil AGROPECUARIA ARENONDO, S.A., ambas partes suficientemente identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: consecuencia del particular anterior, se declina la competencia territorial en el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, por lo que una vez quede firme la presente decisión se ordena su inmediata remisión al Tribu.....