III
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio fundamentada en el mutuo consentimiento realizada por los ciudadanos NELLY MARÍA SCIACCHITANO CARUSO y FRANCK EDUARD GOMES BRAVO, ambos identificados al inicio de este fallo. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por ellos el día 03 de octubre de 2017, por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, según Acta Nº 428, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 2017. Se ordena librar oficio a al Registro Civil del Municipio Baruta, al Registro Principal del Estado Miranda y a la Junta Regional Electoral del Estado Miranda, anexándoles copias certificadas de la presente sentencia y del auto de .....