En razón de lo anteriormente expuesto, al haber transcurrido a la fecha más del año en que se acordó el sobreseimiento provisional, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, según lo establecido en los artículos 1°, 2°, 26 y 253 Constitucionales, artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el artículo 319 del Código Orgánico Procesal Penal, RESUELVE: ACORDAR EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA, por el delito de Posesión de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el articulo 36 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Colectividad. Asimismo, se ordena el cese de las medidas cautelares impuestas en la audiencia de presentación. Y ASI SE DECIDE. Dictado en horas d.....