Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 20 de agosto de 2004 dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano ANDRES MARTINEZ GARCIA contra COMPAÑÍA ANONIMA ELECTRICIDAD DE CARACAS, S.A.I.C.A., en consecuencia se condena a la demandada a pagar los montos y conceptos señalados en la parte motiva del fallo. Asimismo se ordena experticia complementaria del fallo a los fines de determinar intereses moratorios e indexación judicial, conforme a los parámetros establecidos en la parte motiva del fallo. TERCERO: SE MODIFICA.....