Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la inhibición de la abogado ÁNGELA MARÍA SOSA RUIZ, Jueza del Municipio Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en la causa iniciada por demanda de desalojo intentada por PEDRO FRANCISCO ÁLVAREZ contra OSWALDO ENRIQUE HERNÁNDEZ DÍAZ.