En mérito a todos los elementos de hecho y de derecho arriba explanado es por lo que este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA Inadmisible el presente Recurso de Casación intentado por la profesional del derecho ISABEL CASTAÑEDA GIRAL, contra de la decisión dictada por este Tribunal Superior Cuarto, en fecha 08 de junio de 2011, y así se decide.