Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la impugnación presentada por la abogado DISLEM BELTRAN en su carácter de apoderada judicial de la parte co-demandada, MAQUIVIAL COMPAÑÍA ANÓNIMA, en contra de la Experticia Complementaria del Fallo, practicada por la experta contable ALISSON RIOS H., y consignada en autos en fecha 15 de diciembre de 2014, en los términos establecidos en la parte motiva del presente fallo. SEGUNDO: Se RATIFICAN los conceptos y montos determinados en la experticia complementaria presentada el 15-12-2014. Donde se determino los montos condenados a pagar por la parte demandada a la parte actora, los ciudadanos: Por lo antes expuesto, se determinó que el.....