En consecuencia, esta Sala de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente y Nacional de Adopción Internacional de esta misma Circunscripción Judicial, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación en los términos expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 315, 359 y 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Expídase por secretaría las copias certificadas que se requieren. Así mismo, se ordena el cierre del presente asunto. Cúmplase lo ordenado.