este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras, le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, solo con respecto a los conceptos que versan en materia laboral. De igual manera, se ordena librar Oficio a la Coordinación de Secretarios de este Circuito Judicial Laboral, a los fines de que excluya el presente asunto del sorteo para Audiencias Preliminares, a celebrarse el día 23 de Julio de 2013, a las 09:00 A.M., por cuanto las partes llegaron a un acuerdo transaccional.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. Así se decide. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
La Secretaria
Abg.....