Por las motivaciones que anteceden, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°). IMPROCEDENTE lo solicitado por la parte representación judicial de la parte accionante, en diligencia de fecha 21-06-2013, mediante la cual pide la notificación por carteles de prensa del tercero llamado a la presente causa por la parte demandada. Así mismo, se insta la parte demandada a que señale una dirección o el domicilio del ciudadano AMERICO PINHO GOMEZ, ampliamente identificado en los autos, en su carácter de tercero llamado a la presente causa por dicha demandada, a los fines de practicar su notificación de forma efectiva de conformidad con lo establecido en la sentencia proferida por la Sala de casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, Nº.457, de fe.....